Un juzgado de conocimiento de Bogotá condenó en primera instancia al exalcalde de Santa Marta, Carlos Eduardo Caicedo Omar, a 9 años y 9 meses de prisión por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación agravado, tras demostrarse irregularidades en un millonario contrato para la remodelación de varios centros de salud de la capital del Magdalena.
La decisión judicial se produjo con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que acreditaron que durante la administración de Caicedo se impulsó un contrato suscrito el 20 de agosto de 2014 entre la ESE Alejandro Próspero Reverend y una sociedad privada para el mantenimiento y adecuación de los centros de salud de Bastidas, La Candelaria, Mamatoco, Taganga y La Paz, por un valor de 6.532 millones de pesos.
Según la investigación, el entonces mandatario, en calidad de presidente de la junta directiva de la ESE, promovió el proyecto mediante el Acuerdo 004 del 5 de junio de 2014 sin que existieran estudios previos, licencias de demolición, conceptos técnicos de viabilidad del Ministerio de Salud ni la inclusión del proyecto en el plan anual de adquisiciones de la entidad.
La Fiscalía señaló que las licencias de demolición fueron expedidas tres años después del inicio de las obras, mientras que varias de las construcciones quedaron inconclusas, obligando al traslado de la prestación de los servicios de salud a inmuebles arrendados y sedes comunales. El centro de salud de Mamatoco, incluso, permanece sin terminar.
Durante el juicio también se estableció un detrimento patrimonial superior a los 5.040 millones de pesos. Aunque al contratista se le desembolsaron 4.408 millones de pesos, las obras ejecutadas alcanzaban un valor aproximado de 1.570 millones, según las pruebas presentadas por el ente acusador.
Además de la pena privativa de la libertad, el juzgado impuso a Carlos Caicedo una multa equivalente a 4.453 salarios mínimos legales mensuales vigentes de 2014 y la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas durante 9 años y 9 meses.
La sentencia es de primera instancia, por lo que aún no queda en firme y contra ella proceden los recursos establecidos por la ley.


