En el corregimiento Churidó Pueblo de Apartadó, dos hombres violaron a niña de 14 años de edad, según denuncia pública de la madre de la menor ante La Chiva de Urabá y la Fiscalía.
Jenny Rada, aseguró que a las 8:20 de la noche del miércoles 25 de agosto, la menor salió a la vuelta de la casa a realizar un trabajo del colegio cuando fue abordada por los sujetos: “Uno de ellos le tapó la cara, lo mismo que la boca, mientras que el otro se encargó de llevarla cargada a la cancha de béisbol, la tiraron al rastrojo, ella al ver que no podía con ellos, le mordió la mano a unos de los delincuentes”.
LOS ABUSADORES LA GOLPEARON EN LA CARA, LA DESNUDARON, LA ABUSARON SEXUALMENTE, Y LA ABANDONARON INCONSCIENTE.
“Cuando la estaban abusando decidió quedarse quieta, apretar duro los labios y hacerse la muerta; ellos la dejaron tirada, esto es muy doloroso, porque mi hija es buena, no se mete con nadie, no se merecía algo así”, indicó Jenny.
Añadió que la hija trató de gritar, pero los violadores le taparon la boca: “Lo único que podía hacer era llorar. Llegó a la casa sucia, toda golpeada, me partió el alma verla así, de inmediato la llevamos a la Clínica Panamericana, en el momento se encuentra estable, la tienen controlada con medicamentos”.
La familia afectada y las autoridades estuvieron en el sector donde ocurrieron los hechos, pero nadie vio ni escuchó nada:
“Todos estamos muy triste, lo único que pido es que no confíen de nadie, estamos esperando los resultados de las autoridades, le estamos solicitando a la comunidad que nos ayuden por si alguien vio algo”, suplicó la madre.
Si los judicializan pagarán cadena perpetua | Ley Gilma Jiménez
El martes 6 de julio del presente año, entró en vigencia la pena de cadena perpetua a violadores y asesinos de niños en Colombia.
Esta ley de pasar todos los controles constitucionales, reglamenta la prisión perpetua revisable y reforma el Código Penal, el de Procedimiento Penal y el Penitenciario y Carcelario para considerar la cadena perpetua como excepcional y únicamente aplicable a modalidades en que el niño, niña o adolescente sea víctima de «homicidio en modalidad dolosa y/o acceso carnal que implica violencia».
La pena podrá ser revisada en un plazo mínimo de 25 años y reemplazada por una pena temporal no inferior a 50 años, en caso de que se considere la «resocialización» del agresor.
El proyecto de reglamentación fue radicado el 16 de marzo por el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, en el Congreso de la República y fue aprobado el 15 de junio, en la plenaria del Senado y sancionada por el presidente Duque el martes 6 de julio del presente año 2021.


