Revocan suspensión provisional del presidente del Concejo de Apartadó, Jorge Humberto Atehortúa

La Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación revocó la suspensión provisional del presidente del Concejo Municipal de Apartadó, Jorge Humberto Atehortúa Castaño, quien había sido separado temporalmente de su cargo dentro de una investigación disciplinaria relacionada con la elección del personero municipal.

La decisión, adoptada el 15 de julio de 2026, deja sin efectos la medida cautelar impuesta el pasado 1 de julio de 2026 por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Apartadó y ordena el reintegro inmediato del concejal a la Presidencia de la corporación.

Procuraduría concluyó que no se cumplían los requisitos para mantener la suspensión

La suspensión provisional había sido decretada dentro de la investigación por la presunta elección irregular de Wilmar Alberto Herrera Orozco como personero municipal de Apartadó para el período 2024-2028.

En ese momento, el órgano de control consideró que Atehortúa, en su condición de presidente del Concejo, podría interferir en el desarrollo de la investigación disciplinaria.

Sin embargo, tras estudiar el recurso presentado por la defensa y revisar el material probatorio, la Sala Disciplinaria concluyó que no existían los «serios elementos de juicio» exigidos por el artículo 217 del Código General Disciplinario para justificar la permanencia de la medida cautelar.

La defensa argumentó que nunca hubo obstrucción al proceso

Durante el análisis del expediente, la defensa del concejal sostuvo que durante más de dos años de investigación no se registró ninguna conducta orientada a obstaculizar el proceso disciplinario.

También señaló que toda la documentación solicitada por la Procuraduría fue entregada oportunamente y recordó que la custodia de los archivos del Concejo Municipal corresponde al secretario general de la corporación y no al presidente.

La suspensión provisional es una medida excepcional

En su decisión, la Sala Disciplinaria reiteró que la suspensión provisional constituye una medida de carácter excepcional y que su aplicación debe estar sustentada en hechos concretos que demuestren un riesgo real para la investigación.

La providencia señala que exigir pruebas suficientes para imponer este tipo de medidas constituye una garantía del debido proceso y de los derechos de los servidores públicos sometidos a investigaciones disciplinarias.

Con esta decisión, la Procuraduría ordenó el reintegro inmediato de Jorge Humberto Atehortúa Castaño a la Presidencia del Concejo Municipal de Apartadó, mientras continúa el proceso disciplinario relacionado con la elección del personero municipal.

La decisión constituye un precedente sobre la necesidad de motivar adecuadamente las medidas cautelares dentro de los procesos disciplinarios contra servidores públicos de elección popular.

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