En la tarde del lunes 20 de mayo del año 2024, se conoció el fallo de primera instancia de la Sala Tercera, del Tribunal Administrativo de Antioquia, quienes acogieron las pretensiones de la demanda en contra de la elección de Héctor Rangel Palacio, por estar incurso en nulidad electoral por doble militancia en modalidad de apoyo.
El acuerdo con “Independientes” tienen en la cuerda floja a Rangel
La Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, resolvió la demanda interpuesta por el abogado Jhon Jairo Aristizábal, en contra de Héctor Rangel Palacios Rodríguez, en calidad de alcalde de Apartadó, Antioquia, para el periodo 2024-2027, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, consagrado en el artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
El abogado solicitó; Que se declarara la existencia de la doble militancia política de Palacios Rodríguez, y se declarara nulidad del acto administrativo que declaró la elección como alcalde de Apartadó, para el periodo 2024-2027, y se ordenara la cancelación de las credenciales como alcalde.
El abogado presentó elementos probatorios, pero días después solicitó retirar la demanda la cual no fue aceptada por el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia y procedió a continuar con el caso.
Rangel le respondió a los magistrados
Durante la investigación el alcalde de Apartadó, Héctor Rangel fue interrogado por los magistrados del Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, he aquí algunos apartes:
“(…) PREGUNTADO: Es cierto o no señor Héctor Rangel Palacios Rodríguez que en agosto de 2023 presentó es su página de Facebook al candidato al Concejo José Herney Velásquez Grajales como nuestro candidato al Concejo, según las palabras suyas. CONTESTÓ: Doctor Juan Nicolás buenas tardes. Como usted lo menciona que fue una fecha de 2023, no tengo clara, porque no he entrado nuevamente al Facebook para ver si si es la fecha. Pero si sé que asistí a muchos candidatos del partido Independientes, porque obviamente tenemos, se hizo un acuerdo de adhesión del partido Independientes con el partido Liberal. PREGUNTADO: Es cierto que usted asistió a una reunión política en el barrio Obrero en septiembre del año 2023 con la candidata al Concejo Liduvina de los Santos Espitia Agamez. CONTESTÓ: Si doctor, estuve en varias reuniones como lo expresaba con candidatos al Concejo de ese partido porque había una acuerdo de coalición. PREGUNTADO: Y es cierto que en esa reunión usted manifestó públicamente que nuestro próximo diputado es nuestro amigo y hermano Independiente 51 y que después identificó como el señor Walter Salas. CONTESTÓ: No me acuerdo Doctor porque como le expreso fue una fecha de septiembre y muchas actividades..(…)”.
La Procuraduría de acuerdo con el demandante
En la valoración de las pruebas La Procuraduría General de La Nación, emitió concepto favorable a las pretensiones del demandante, e instó al Tribunal a proceder a decretar la Nulidad Electoral para Héctor Rangel Palacio, en calidad de alcalde de Apartadó.
Fallo de Primera Instancia

El 20 de mayo con las firmas de los magistrados Beatriz Elena Jaramillo Muñoz, Jairo Jiménez Aristizábal, e Hirina Del Rosario Meza Rhénals, el tribula falló:
“PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN del señor Héctor Rangel Palacios Rodríguez, como Alcalde Municipal de Apartadó para el periodo 2024-2027, por encontrarse inmerso en la causal de nulidad consagrada en el numeral 8° del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, conforme lo indicado en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, cancélese la credencial del alcalde Héctor Rangel Palacios Rodríguez, la cual se hará efectiva a la ejecutoria de la sentencia.
SEGUNDO: No hay lugar a imponer condena en costas”.
El Consejo de Estado tiene la última palabra
A pesar de la Nulidad Electoral decretada por el Tribunal Contencioso Administrativo de Antioquia, el alcalde de Apartadó, Héctor Rangel Palacio, si decide apelar la decisión ante El Consejo de Estado, segunda instancia que dirá la última palabra.
En caso de que el Consejo de Estado, ratifique la decisión, el Gobernador de Antioquia, nombraría un alcalde encargado, mientras la Registraduría realiza nuevas elecciones en Apartadó.


