La Corte Constitucional amparó los derechos de Esperanza Gómez frente a Meta

La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo que sienta jurisprudencia en materia de moderación de contenido, derechos digitales, libertad de expresión y no discriminación. En la sentencia T-256 de 2025, la Sala Primera de Revisión de Tutelas resolvió a favor de la actriz de cine para adultos y creadora de contenido Esperanza Gómez Silva, quien había demandado a Meta Platforms, Inc. por la eliminación de su cuenta de Instagram.

Antecedentes

Esperanza Gómez, con más de cinco millones de seguidores en Instagram, interpuso una acción de tutela aduciendo que Meta vulneró sus derechos fundamentales luego de que su cuenta fuera eliminada. Alegó violaciones al derecho a la libertad de expresión, la igualdad y no discriminación, el debido proceso, el derecho al trabajo y la libertad de escoger profesión.

En su demanda, argumentó que la decisión de Meta estaba motivada por su actividad profesional en la industria de contenido para adultos, incluso cuando estas actividades ocurrieron fuera de la plataforma (“offline”).

El fallo estableció varios puntos para preservar los derechos de los usuarios frente a las grandes plataformas digitales

Medida arbitraria e ilegítima

La Corte concluyó que la eliminación de la cuenta de Gómez fue arbitraria, pues Meta no logró demostrar que las publicaciones que ella hizo violaran sus reglas comunitarias.

Discriminación e inconsistencia

Se observó que Meta aplicó sus políticas de desnudez y servicios sexuales de una manera inconsistente, permitiendo que otras cuentas con contenido similar permanecieran activas. Esto configuró un trato discriminatorio hacia Gómez. Subrayó la necesidad de que las plataformas digitales expongan con claridad sus normas comunitarias, especialmente aquellas relacionadas con contenidos sexuales o sensibles.

Indiquen con precisión los criterios que se usan, incluso si se basan en actividades fuera de la plataforma. Ofrezcan mecanismos de impugnación o apelación visibles, para que los usuarios puedan defenderse ante sanciones.

Límites al argumento del carácter transnacional de Internet

La Corte afirmó que, aunque Meta es una empresa global, sus operaciones y decisiones que afectan a usuarios en Colombia están sujetas al marco constitucional colombiano. El hecho de que la plataforma esté localizada fuera o tenga normas globales no la exime de respetar los derechos fundamentales de quienes están bajo la jurisdicción del Estado colombiano.

Que le ordenó La Corte a Meta

Aunque la cuenta ya no puede ser restablecida —la eliminación fue definitiva— la Corte impuso varias obligaciones a Meta para mejorar sus políticas y prácticas en Colombia: Crear un canal electrónico visible para recibir notificaciones judiciales dentro del país. Asegurarse de que todas sus políticas de uso, condiciones de privacidad y normas comunitarias estén disponibles en español, en un sitio web unificado.

Precisar y mejorar las reglas sobre contenido sexual implícito, desnudez, y los criterios que se aplican cuando se consideran actividades “offline”. Garantizar mecanismos efectivos de impugnación o apelación para usuarios afectados por decisiones disciplinarias de moderación.

El fallo tiene implicaciones de amplio alcance: Es la primera vez que la Corte Constitucional se pronuncia de manera tan clara sobre la moderación de contenido en redes sociales, especialmente en relación con personas cuya profesión está estigmatizada o con contenidos considerados “sensibles”.

Marca un precedente legal para que influenciadores digitales, creadores de contenido y usuarios en general cuenten con protección contra decisiones arbitrarias de plataformas privadas.

Refuerza el principio de que el derecho digital no está “fuera de la ley”: las reglas tradicionales de legalidad, debido proceso, igualdad, proporcionalidad aplican también en el entorno virtual.

Obliga a plataformas como Meta a revisar sus políticas internas, especialmente en lo que tiene que ver con contenido de adultos, desnudez, o descripciones implícitas, y cómo aplican sanciones.

No todos los aspectos son definitivos ni exentos de controversia

La Corte admitió que ya no es posible restablecer la cuenta original, lo que deja a Esperanza Gómez sin una reparación que restaure su presencia digital con todos sus seguidores.

El fallo abre la puerta a la vía ordinaria para reclamar reparaciones económicas, pero no garantiza que sean otorgadas. Queda por ver cómo Meta (y otras plataformas) implementarán los cambios ordenados, si lo harán efectivamente, y cómo serán supervisados dichos cambios.

Scroll al inicio