Opinión | Avivatos

OPINIÓN EDUARDO ZAMBRANO

Abogado, líder político y social

Las instituciones públicas nunca pueden amarrar su destino al destino de personas. Hay quienes quieren perpetuarse en el poder y mantenerse a toda costa sin cumplir con el tránsito natural de las cosas.

Si hay un cambio de administraciones municipales, pues se le hace a uno normal que se le permita decidir a esos nuevos alcaldes sobre la cabeza de una asociación de la cual son socios los municipios que representan. Eso manda los cánones de las buenas formas, la fina elegancia en el actuar de lo público.

Pero hay algunos que se las dan de señores elegantes, pero solo en la forma, en el fondo pretenden seguir pegados de “la teta” de lo público y se aferran al poder de la manera más vulgar.

Los alcaldes que terminaron su periodo el 31 de diciembre pasado, decidieron por allá en marzo de 2019 modificar la naturaleza del cargo del Director Ejecutivo de ASOMURA y convertirlo de cargo de libre nombramiento y remoción a cargo de periodo fijo de cuatro años. Con ese singular cambio, el anterior director terminaba su periodo en septiembre de 2023. Todos felices, a seguir pegados de “la teta” de lo público. Así de sencillo.

Lo que no parecían saber, o no les importó a los anteriores alcaldes, es que la ley 909 de 2004 en su artículo 5° dice de manera expresa que, el cargo de Director Ejecutivo de las asociaciones de municipios es un cargo de libre nombramiento y remoción, y si los estatutos fueron cambiados para decir lo contrario, esa modificación se tiene por no escrita, por ser groseramente contraria a la ley. Y así los estatutos digan otra cosa, la Junta Directiva puede hacer respetar la ley removiendo libremente al Director Ejecutivo.

De otro lado, al anterior Director Ejecutivo se le nombró mediante un acto administrativo que no era el adecuado. Cabe resaltar que los directores ejecutivos de las asociaciones de municipios son empleados públicos, y dichas asociaciones son entidades administrativas de derecho público.

El Decreto 1083 de 2015 es claro en ordenar que cuando a un servidor público se le nombra mediante acto administrativo inadecuado, la nominadora debe (es obligatorio) derogar el nombramiento. Eso fue lo que sucedió hace unos días en ASOMURA. Ya que al anterior Director Ejecutivo no se le nombró a través del acto administrativo idóneo, adecuado. Descuidos normales cuando se cometen las ligerezas como esa modificación irregular de los estatutos.

Ojalá no tuvieran los nuevos alcaldes que recurrir a la ley para enmendar las cosas que se hicieron anormalmente, rayando en el Código penal; bastaba que el anterior Director Ejecutivo pusiera su nombre a consideración de ellos, es lo normal, eso es lo lógico, pero aquí en este país hay personas a las que lógica les funciona cuando va de acuerdo a sus intereses particulares. Se me hace a mí que este parece ser un ejemplo de las típicas costumbres de algunos de hacer de lo público sus negocios privados. Ciertos personajes que siempre pierden, pero son unos verdaderos lagartos, camaleones que tienen la habilidad gatuna de siempre caer parados. Eso no es de personas elegantes, es de vivos, de avivatos. Así no es la cosa.

POSDATA. Gracias leyenda, gracias Kobe, se nos fue La Mamba ¡Vivamos hoy que mañana no sabemos qué pasará con nosotros!

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