En un fallo que ha generado impacto en el panorama político y judicial del país, el Tribunal Superior de Bogotá decidió dejar sin efecto la orden de detención domiciliaria contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez mientras se tramita su apelación.
Qué dice el fallo
El Tribunal resolvió “dejar sin efecto” la medida de prisión domiciliaria impuesta por la jueza Sandra Liliana Heredia, y dispuso que dicha medida se mantenga inactiva «hasta que la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, defina el recurso de apelación» interpuesto por la defensa del expresidente
En otras palabras, el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, que dictó la condena, deberá expedir la boleta de libertad, permitiendo que Uribe Vélez continúe en libertad durante el trámite del recurso, tal como lo ordenó el fallo.
Antecedentes
La sentencia original, emitida el 28 de julio de 2025 por la jueza Sandra Liliana Heredia, condenó a Álvaro Uribe Vélez a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, además de imponerle una multa de 2.420 salarios mínimos mensuales legales vigentes y una inhabilitación para ejercer cargos públicos por 100 meses y 20 días
El fallo de primera instancia argumentó que Uribe, a través de su abogado, habría intentado sobornar al ex-paramilitar Juan Guillermo Monsalve y otros testigos para manipular testimonios beneficiosos, incluso contra el senador Iván Cepeda
La defensa presentó una acción de tutela, alegando violaciones a derechos fundamentales como el debido proceso, la presunción de inocencia, la dignidad humana y el derecho a la libertad, sustentando que la condena no era firme y que la detención inmediata carecía de fundamento jurídico
Qué implica esta decisión
Uribe permanecerá libre mientras se revisa la apelación, pues la orden de detención queda suspendida de forma provisional según lo dispuesto por el Tribunal Superior de Bogotá.
Aunque Uribe continúa bajo condena en primera instancia, esta medida representa una pausa en su ejecución hasta que el Tribunal de segunda instancia se pronuncie sobre el recurso interpuesto por su defensa.


